| Resolución | PD-00256-2025 |
| Firmado | 2026-02-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
**Resumen de la decisión (aprox. 300 palabras):**
El reclamante, **A.A.A.**, denunció a la **Dirección General de la Policía** por presuntos incumplimientos en el ejercicio de sus derechos de acceso, supresión y transparencia sobre los datos personales almacenados en los sistemas policiales *SIDENPOL* y *Partes de Intervención*. En concreto, solicitaba:
1. **Acceso íntegro** a anotaciones, valoraciones y decisiones contenidas en atestados y ordinales.
2. **Logs de acceso** (identidad, fecha y hora) de los agentes que consultaron sus datos.
3. Información sobre el tratamiento y conservación de **libretas manuscritas** de los agentes y el *Libro de Reclamaciones*.
La Policía respondió proporcionando listas parciales de registros (desde 2019) y rechazando facilitar el contenido literal de los documentos, alegando limitaciones legales (arts. 21-22 de la LO 7/2021) para proteger investigaciones judiciales y la seguridad pública. También negó la existencia de ficheros automatizados previos a 2019 y omitió detalles sobre los soportes físicos y los logs.
Tras analizar las alegaciones, se concluyó que:
– **Sí se atendieron los derechos de acceso y supresión** respecto a *SIDENPOL* y *Partes de Intervención*, facilitándose información sobre los registros existentes (7 desde 2019). Aunque el reclamante solicitaba el texto completo de los documentos, la normativa aplicable (LO 7/2021) restringe este acceso a Órganos Jurisdiccionales, Ministerio Fiscal y Fuerzas de Seguridad, limitando la información que debe proporcionarse al interesado.
– **No se acreditó que existiera una denegación injusta** de estos derechos, ya que las respuestas fueron proporcionadas dentro del marco legal.
– **Las peticiones sobre logs, libretas manuscritas y el Libro de Reclamaciones** excedían las competencias de la Dirección General de la Policía en el ámbito específico de los ficheros *SIDENPOL* y *Partes de Intervención*.
**Decisión final:** Se **desestimó la reclamación**, al considerar que la Policía cumplió con la normativa vigente. No hubo sanción