La AEPD ordena a GASTROUVAS, S.L. responder al derecho de acceso de un ex empleado o justificar su denegación, tras considerar su falta de respuesta como una vulneración de la privacidad.

Resolución PD-00251-2023
Firmado 2024-04-22T00:00:00Z
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Un empleado, D. A.A.A., solicitó a su ex empleador, GASTROUVAS, S.L., acceso a sus datos personales, incluyendo información financiera, comunicaciones internas y grabaciones. La empresa no respondió inicialmente debido a un error humano y luego argumentó que la solicitud era excesiva y que los datos ya habían sido suprimidos. El empleado reclamó por la falta de respuesta. La resolución estima la reclamación, ordenando a GASTROUVAS, S.L. que atienda el derecho de acceso del empleado o deniegue la solicitud de manera motivada. La empresa podría enfrentar una sanción por no cumplir con la resolución.