AEPD Estima Reclamación por Respuesta Extemporánea a Solicitud de Supresión de Datos: Subraya la Importancia del Cumplimiento de Plazos Legales

Resolución PD-00250-2023
Firmado 2024-01-30T00:00:00Z
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La parte reclamante ejerció su derecho de supresión de datos personales ante MEDIN 1, S.A., pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. La entidad reclamada, durante el procedimiento, acreditó haber respondido a la solicitud, aunque fuera de plazo. La resolución estima la reclamación por motivos formales debido a la respuesta extemporánea, sin imponer sanciones adicionales, ya que la entidad ya había atendido la solicitud. La decisión subraya la obligación de responder a las solicitudes de derechos de protección de datos dentro del plazo legal.