| Resolución | PD-00243-2022 |
| Firmado | 2023-04-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra B.B.B. por no haber respondido adecuadamente a su solicitud de supresión de datos personales, conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La parte reclamante ejerció su derecho de supresión, pero no recibió respuesta en el plazo legal establecido. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que B.B.B. no había atendido la solicitud ni los requerimientos posteriores.
La resolución estima la reclamación y ordena a B.B.B. que, en un plazo de diez días hábiles, atienda el derecho de supresión ejercido por A.A.A. o deniegue la solicitud de manera motivada. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.