| Resolución | PD-00235-2022 |
| Firmado | 2023-01-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante A.A.A. denunció a Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a sus datos personales. El reclamante solicitó la transcripción de dos conversaciones telefónicas mantenidas con el Jefe de Líneas de Metro, pero FGV solo informó que la transcripción estaba disponible para consulta personal sin proporcionarla.
La entidad alegó motivos de confidencialidad y seguridad, argumentando que la infraestructura crítica del Metrovalencia requería extrema confidencialidad. Sin embargo, la resolución determinó que estos motivos no eran suficientes para negar el acceso a los datos personales del reclamante. La voz es considerada un dato personal, y el derecho de acceso a la grabación de voz está amparado por la normativa vigente.
Se instó a FGV a remitir al reclamante la certificación que atienda su derecho de acceso o a denegarlo motivadamente en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría comportar una infracción sancionable.