AEPD sanciona a PROSULTING por no atender adecuadamente el derecho de oposición de una reclamante al tratamiento de sus datos personales

Resolución PD-00228-2023
Firmado 2024-03-15T00:00:00Z
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Dª A.A.A. denunció a PROSULTING por no haber atendido adecuadamente su derecho de oposición al tratamiento de sus datos personales. La reclamante se interesó en un curso subvencionado por el SEPE, pero PROSULTING solicitó documentación personal sin informar adecuadamente sobre el tratamiento de los datos. La reclamante solicitó información sobre el tratamiento de sus datos y se opuso a la cesión de los mismos, pero no recibió respuesta por escrito. PROSULTING argumentó que aclaró verbalmente la situación y que la reclamante finalmente se inscribió en el curso. Sin embargo, la resolución estima la reclamación, ya que PROSULTING no respondió por escrito a la solicitud de la reclamante, infringiendo el artículo 21 del RGPD. Se insta a PROSULTING a atender el derecho solicitado o a denegarlo motivadamente en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.