| Resolución | PD-00225-2025 |
| Firmado | 2025-11-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra WEGOW TECHNOLOGIES, S.L. debido a la falta de respuesta adecuada a su solicitud de supresión de datos personales. La parte reclamante había solicitado en varias ocasiones la eliminación de sus datos, pero continuó recibiendo correos comerciales no deseados, lo que indicaba que sus datos no habían sido suprimidos efectivamente.
La reclamante ejerció su derecho de supresión conforme al artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece que los interesados tienen derecho a solicitar la eliminación de sus datos personales cuando ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos, entre otros motivos. Sin embargo, la entidad reclamada no respondió adecuadamente a estas solicitudes, lo que constituyó una infracción de la normativa de protección de datos.
Durante el procedimiento, la entidad reclamada informó que había suprimido los datos de la reclamante, pero no la había notificado sobre esta acción. La falta de comunicación adecuada y la persistencia de correos comerciales no deseados evidenciaron que la entidad no había cumplido con sus obligaciones legales.
Como resultado, se estimó la reclamación y se instó a WEGOW TECHNOLOGIES, S.L. a que, en un plazo de diez días hábiles, remitiera a la parte reclamante una certificación en la que se atendiera el derecho solicitado o se denegara motivadamente, indicando las causas por las que no procedía atender la petición. El incumplimiento de esta resolución podría comportar la comisión de una infracción calificada como muy grave, con las correspondientes sanciones.
La decisión subraya la importancia de que las entidades responsables del tratamiento de datos cumplan con sus obligaciones legales de responder adecuadamente a las solicitudes de ejercicio de derechos por parte de los interesados, y de comunicar de manera clara y oportuna las decisiones adoptadas en relación con dichas solicitudes.