AEPD sanciona a Kallpa Marketing por incumplir el derecho de acceso a datos personales

Resolución PD-00207-2023
Firmado 2023-12-01T00:00:00Z
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La parte reclamante ejerció su derecho de acceso a sus datos personales ante KALLPA MARKETING Y VENTAS, S.L., pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. La entidad reclamada tampoco respondió a los requerimientos posteriores. La normativa vigente obliga a los responsables del tratamiento de datos a responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un mes, y a justificar cualquier negativa. Dado que la entidad no ha cumplido con esta obligación, se estima la reclamación y se insta a la entidad a responder a la solicitud de acceso o a denegarla motivadamente en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción por infracción muy grave.