| Resolución | PD-00204-2025 |
| Firmado | 2025-11-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León. La reclamante, madre de una menor matriculada en un centro educativo dependiente de la Consejería, solicitó copia en formato digital de todos los exámenes y documentos utilizados para la evaluación inicial de su hija, así como los exámenes realizados hasta la fecha en varias asignaturas. La solicitud, realizada el 8 de enero de 2025, no recibió respuesta en el plazo establecido por la normativa de protección de datos.
La Consejería argumentó que la documentación estaba a disposición de la reclamante en el centro educativo, cumpliendo así con la normativa educativa y de seguridad. Sin embargo, la reclamante insistió en que la respuesta no fue adecuada y que la normativa vigente permitía la entrega de la documentación por medios electrónicos.
Tras un recurso de reposición, se determinó que la Consejería no había atendido debidamente el derecho de acceso solicitado, ya que la respuesta proporcionada no era fehaciente ni estaba dirigida específicamente a la solicitud concreta. La Consejería fue notificada para que presentara alegaciones, pero no se presentaron nuevas respuestas.
Finalmente, la reclamación fue estimada por motivos formales, ya que la respuesta a la solicitud de acceso se emitió extemporáneamente. No se requirió la emisión de una nueva certificación por parte de la Consejería, pero se subrayó la necesidad de que las solicitudes de acceso sean respondidas en el plazo legalmente establecido y de manera adecuada.