La AEPD ordena al SES responder a la solicitud de acceso a la historia clínica de un menor tras incumplir el RGPD

Resolución PD-00203-2024
Firmado 2025-02-17T00:00:00Z
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Un padre denunció que el Servicio Extremeño de Salud (SES) no le permitió acceder a la historia clínica de su hijo menor de edad. El reclamante solicitó en varias ocasiones información específica sobre la historia clínica, como listados de accesos, medicamentos prescritos e informes de consultas, pero no recibió respuesta satisfactoria. El SES argumentó que la solicitud no estaba bien fundamentada y que no se había proporcionado documentación acreditativa. Sin embargo, se determinó que el SES no había atendido adecuadamente la solicitud de acceso, infringiendo el derecho de acceso a los datos personales establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Por ello, se ordenó al SES que respondiera a la solicitud del padre en un plazo de diez días hábiles, atendiendo el derecho solicitado o denegándolo motivadamente. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una sanción por infracción muy grave.