AEPD sanciona a «ESTUDIO VILLALBA ANTIQUE, S.L.» por incumplir el derecho de acceso de un ciudadano y le exige responder en diez días

Resolución PD-00202-2024
Firmado 2025-01-30T00:00:00Z
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La decisión se refiere a una reclamación presentada el 12 de agosto de 2024 por un individuo que ejerció su derecho de acceso ante la entidad «ESTUDIO VILLALBA ANTIQUE, S.L.» y no recibió respuesta. La entidad no acreditó haber respondido a la solicitud ni a los requerimientos posteriores.

La normativa establece que los responsables del tratamiento deben responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un mes, salvo excepciones justificadas. En este caso, la entidad no cumplió con esta obligación, lo que constituye una infracción del artículo 15 del RGPD.

Se estima la reclamación y se insta a la entidad a responder al derecho de acceso en un plazo de diez días hábiles, indicando si se atiende o se deniega la solicitud, con las causas correspondientes. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una sanción por infracción muy grave.