AEPD sanciona a LIRONA, S.L. por no responder a la solicitud de supresión de datos de un usuario

Resolución PD-00201-2023
Firmado 2024-02-19T00:00:00Z
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D. A.A.A. ejerció su derecho de supresión de datos frente a LIRONA, S.L., pero no recibió respuesta. La reclamante alegó haber enviado su currículo por correo postal, pero la empresa negó haber recibido ninguna comunicación. La empresa solicitó más información para aclarar el asunto, pero la reclamante no proporcionó pruebas adicionales. La resolución estima la reclamación, instando a LIRONA, S.L. a responder a la solicitud de supresión en un plazo de diez días hábiles. La falta de respuesta adecuada a la solicitud de derechos de protección de datos puede ser considerada una infracción muy grave.