| Resolución | PD-00200-2023 |
| Firmado | 2023-11-17T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La parte reclamante ejerció su derecho de supresión de datos personales frente a VOX ESPAÑA, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. La entidad reclamada, durante el procedimiento, acreditó haber respondido a la solicitud, aunque fuera de plazo. La resolución estima la reclamación por motivos formales debido a la respuesta extemporánea, sin imponer sanciones adicionales, ya que la entidad ya había atendido la solicitud. La decisión subraya la obligación de responder a las solicitudes de derechos de protección de datos en el plazo establecido.