ADICAE Multada por Incumplir Plazo en Supresión de Datos Personales

Resolución PD-00191-2024
Firmado 2025-03-30T00:00:00Z
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La decisión se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. El reclamante solicitó la baja y destrucción de sus datos en marzo de 2024, pero no recibió respuesta hasta mayo del mismo año. La entidad reclamada argumentó que, debido a una baja laboral de la persona encargada de atender estas solicitudes, no se respondió a tiempo, pero aseguró que los datos fueron suprimidos y bloqueados conforme a la normativa vigente.

La resolución inicial consideró que el derecho había sido atendido, pero tras un recurso de reposición, se determinó que la respuesta de ADICAE no fue conforme a derecho. La entidad solicitó al reclamante que firmara y devolviera un documento para confirmar la supresión de datos, lo cual no es procedente según la normativa de protección de datos. Por ello, se estimó la reclamación por motivos formales, sin necesidad de emitir una nueva certificación por parte de ADICAE.