AEPD sanciona a B.B.B. por incumplir el derecho de acceso a datos personales y ordena responder en diez días

Resolución PD-00188-2024
Firmado 2024-12-26T00:00:00Z
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A.A.A. denunció a B.B.B. por no haber atendido su solicitud de acceso a sus datos personales, presentada el 23 de junio de 2023. La parte reclamante alegó diversas irregularidades en el tratamiento de sus datos y la falta de respuesta a su solicitud. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que B.B.B. no había respondido adecuadamente al ejercicio del derecho de acceso. La entidad reclamada argumentó que los datos ya no estaban disponibles y que no había negado el acceso. Sin embargo, no proporcionó la información requerida por el artículo 15 del RGPD. La resolución estimó la reclamación e instó a B.B.B. a atender el derecho de acceso solicitado o a denegarlo motivadamente dentro de un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.