La AEPD ordena al Servicio Cántabro de Salud responder a la solicitud de acceso a la historia clínica de una paciente tras incumplir el plazo legal.

Resolución PD-00178-2022
Firmado 2022-11-15T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra el Servicio Cántabro de Salud por no haber respondido a su solicitud de acceso a su historia clínica, un derecho establecido en el RGPD. La reclamante ejerció su derecho de acceso, pero no recibió respuesta en el plazo legal. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que el Servicio Cántabro de Salud no había atendido la solicitud ni los requerimientos posteriores. La resolución estima la reclamación y ordena al Servicio Cántabro de Salud que, en un plazo de diez días hábiles, atienda el derecho de acceso o deniegue la solicitud de manera motivada. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.