AEPD sanciona a LASDERM CLINICS por incumplir el derecho de acceso de los usuarios a sus datos personales

Resolución PD-00174-2024
Firmado 2024-11-18T00:00:00Z
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La parte reclamante ejerció su derecho de acceso ante LASDERM CLINICS, S.L., pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que la entidad no había respondido a la solicitud ni a los requerimientos posteriores. La normativa vigente obliga a los responsables del tratamiento a responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un mes, y a justificar cualquier negativa. Dado que la entidad no cumplió con esta obligación, se estima la reclamación y se insta a LASDERM CLINICS, S.L. a responder a la solicitud de acceso en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.