AEPD sanciona a RETSINNAL GROUP por incumplir el derecho de supresión de datos personales

Resolución PD-00172-2025
Firmado 2025-07-23T00:00:00Z
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En el expediente N.º EXP202416320, se resolvió una reclamación presentada el 13 de noviembre de 2024. La parte reclamante ejerció su derecho de supresión de datos personales frente a la entidad RETSINNAL GROUP, S.L.U., pero no recibió respuesta alguna dentro del plazo legalmente establecido.

La reclamante aportó documentación que respaldaba su solicitud y la falta de respuesta por parte de la entidad. Tras admitir la reclamación a trámite y conceder a la entidad reclamada un plazo para presentar alegaciones, esta no acreditó haber respondido a la solicitud del reclamante.

La normativa vigente, específicamente el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), establece que los responsables del tratamiento de datos deben responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un plazo máximo de un mes. En caso de no poder identificar al interesado o de no poder atender la solicitud, deben comunicar las razones de manera motivada.

En este caso, la entidad reclamada no cumplió con su obligación de responder, lo que constituye una infracción de los artículos 17 del RGPD y 15 de la LOPDGDD. La resolución estima la reclamación y ordena a RETSINNAL GROUP, S.L.U. que, en un plazo de diez días hábiles, atienda el derecho de supresión ejercido por el reclamante o deniegue la solicitud de manera motivada. Además, se le insta a comunicar las actuaciones realizadas a la autoridad competente.

El incumplimiento de esta resolución podría comportar la comisión de una infracción calificada como muy grave, según el artículo 83.6 del RGPD y el artículo 72.1.m) de la LOPDGDD, lo que podría resultar en una sanción. La resolución es firme en vía administrativa y puede ser recurrida potestativamente mediante recurso de reposición o directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.