| Resolución | PD-00170-2024 |
| Firmado | 2024-11-29T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra Caixabank por no haber atendido su solicitud de supresión de datos. El reclamante, administrador de una sociedad sin actividad, denunció constantes llamadas de recuperación de deuda a números de teléfono que no le pertenecen, incluyendo el de su madre de 84 años. Argumentó que había actualizado sus datos de contacto en múltiples ocasiones, pero las llamadas persistían.
Caixabank respondió que las llamadas se realizaron a los números informados por el reclamante y que estaban legitimadas debido a deudas pendientes. La entidad también mencionó que había eliminado uno de los números de teléfono de su base de datos.
Finalmente, la reclamación fue desestimada. Se consideró que Caixabank había atendido las solicitudes del reclamante y que no se había producido una vulneración del derecho de supresión.