| Resolución | PD-00159-2025 |
| Firmado | 2025-10-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El expediente EXP202410545 se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra DE MICCO & FRIENDS, S.L. debido a la falta de respuesta a su solicitud de acceso a sus datos personales. La parte reclamante había enviado dos correos electrónicos y un burofax solicitando información sobre sus datos, pero no recibió respuesta alguna.
La parte reclamada argumentó que no tenía relación con la persona que había actuado en nombre de la empresa y que, por lo tanto, no poseía datos de A.A.A. Sin embargo, esta respuesta no fue considerada suficiente, ya que la normativa de protección de datos obliga a los responsables del tratamiento a responder a las solicitudes de acceso, incluso si no tienen datos del interesado.
La resolución estimó la reclamación, instando a DE MICCO & FRIENDS, S.L. a responder a la solicitud de acceso en un plazo de diez días hábiles. La empresa debe proporcionar la información solicitada o denegar la solicitud de manera motivada. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una infracción calificada como muy grave, con las correspondientes sanciones.
La decisión subraya la importancia de que las empresas respondan adecuadamente a las solicitudes de acceso a datos personales, cumpliendo con las obligaciones establecidas en la normativa de protección de datos.