AEPD sanciona al Ayuntamiento de Cáceres por incumplir el derecho de supresión de datos personales

Resolución PD-00154-2024
Firmado 2024-10-02T00:00:00Z
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El reclamante ejerció su derecho de supresión de datos personales ante el Ayuntamiento de Cáceres, pero no recibió respuesta alguna. Tras las actuaciones procedimentales correspondientes, se constató que el Ayuntamiento no había atendido la solicitud ni los requerimientos posteriores. La normativa vigente establece que cualquier solicitud de ejercicio de derechos debe ser respondida en un plazo máximo de un mes, y en caso de no atenderla, se debe denegar motivadamente. Dado que el Ayuntamiento no cumplió con estas obligaciones, se estimó la reclamación. Se instó al Ayuntamiento a que, en un plazo de diez días hábiles, atendiera el derecho de supresión ejercido o denegara la solicitud motivadamente, comunicando las actuaciones realizadas. El incumplimiento de esta resolución podría comportar una infracción muy grave.