| Resolución | PD-00144-2025 |
| Firmado | 2025-08-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El expediente EXP202417723 (PD/00144/2025) se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra la entidad IBERHOSTELERIA Y OCIO, S.L. El reclamante denunció que su derecho de limitación del tratamiento de datos no fue atendido adecuadamente. En concreto, solicitó el guardado de grabaciones de videovigilancia en el ***CENTRO.1 para acreditar actos que atentaban contra la integridad de personas, bienes o instalaciones, los cuales fueron denunciados a la Policía. La entidad respondió que su sistema de videovigilancia no graba imágenes, sino que solo permite la visualización en tiempo real, y que las cámaras son utilizadas como medida disuasoria.
La entidad argumentó que, al no existir grabaciones, no había datos personales que pudieran ser tratados o limitados. Por lo tanto, no se podía aplicar el derecho de limitación del tratamiento de datos. La reclamación fue desestimada debido a que la entidad demostró que no realizaba grabaciones, lo que imposibilitaba la existencia de datos personales objeto de tratamiento. La resolución concluye que no se ha incumplido la normativa de protección de datos, ya que no se estaban tratando datos personales en el sentido requerido por la ley.