AEPD sanciona a Avalis de Catalunya por incumplir el derecho de supresión de datos personales

Resolución PD-00139-2023
Firmado 2023-11-06T00:00:00Z
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La parte reclamante ejerció su derecho de supresión de datos personales frente a Avalis de Catalunya, S.G.R., pero no recibió respuesta alguna. Tras admitirse la reclamación y concederse un plazo para alegaciones, la entidad no acreditó haber respondido a la solicitud del reclamante. La normativa establece que los responsables del tratamiento deben responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un plazo de un mes. Dado que Avalis de Catalunya, S.G.R., no cumplió con esta obligación, se estima la reclamación y se le insta a atender el derecho de supresión o a denegarlo motivadamente en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción muy grave.