| Resolución | PD-00139-2023 |
| Firmado | 2023-11-06T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La parte reclamante ejerció su derecho de supresión de datos personales frente a Avalis de Catalunya, S.G.R., pero no recibió respuesta alguna. Tras admitirse la reclamación y concederse un plazo para alegaciones, la entidad no acreditó haber respondido a la solicitud del reclamante. La normativa establece que los responsables del tratamiento deben responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un plazo de un mes. Dado que Avalis de Catalunya, S.G.R., no cumplió con esta obligación, se estima la reclamación y se le insta a atender el derecho de supresión o a denegarlo motivadamente en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción muy grave.