| Resolución | PD-00132-2022 |
| Firmado | 2022-11-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra Digitecnia Solutions, S.L. por no haber respondido a su solicitud de ejercicio del derecho de acceso a sus datos personales, conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). El reclamante envió un burofax el 7 de marzo de 2022 solicitando información sobre el origen de una fotografía, pero no recibió respuesta en el plazo legal de un mes. Digitecnia Solutions alegó un olvido involuntario y afirmó haber suprimido la imagen, pero no atendió la solicitud de acceso.
La resolución estima la reclamación y ordena a Digitecnia Solutions que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que acredite haber atendido el derecho de acceso. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción según el artículo 72.1.m) de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).