AEPD sanciona a clínica por incumplir plazo legal en respuesta a solicitud de acceso a historia clínica

Resolución PD-00131-2024
Firmado 2024-08-26T00:00:00Z
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Un paciente solicitó acceso a su historia clínica en una clínica, pero no recibió respuesta en el plazo legal. La entidad reclamada no proporcionó evidencia de haber atendido la solicitud ni los requerimientos posteriores. Según la normativa vigente, cualquier solicitud de acceso a datos personales debe ser respondida en un mes, indicando si se atiende o se deniega, y en este caso, no se cumplió con esta obligación. Por ello, se estima la reclamación y se insta a la clínica a responder al paciente dentro de los diez días hábiles siguientes, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.