AEPD desestima reclamación contra Caixabank: La entidad cumplió con el derecho de acceso al facilitar la transcripción de la llamada

Resolución PD-00127-2022
Firmado 2022-09-08T00:00:00Z
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Dª A.A.A. presentó una reclamación contra CAIXABANK, S.A. por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a sus datos personales. La reclamante solicitó una grabación de voz realizada por ESCO EXPANSION, S.L., encargada del tratamiento por cuenta de CAIXABANK. La reclamante alegó que no pudo oponerse a la grabación y que solo recibió una transcripción, no la grabación en sí.

CAIXABANK argumentó que trasladó la solicitud al responsable del tratamiento y proporcionó la transcripción de la llamada, cumpliendo con la normativa de protección de datos. La entidad también mencionó que la grabación contenía información de terceros, lo que impedía su entrega directa.

La resolución desestimó la reclamación, considerando que CAIXABANK había cumplido con la normativa al facilitar la transcripción de la llamada. Se concluyó que el derecho de acceso se había atendido de manera adecuada, aunque no se proporcionó la grabación en sí debido a la presencia de datos de terceros. No se impuso sanción alguna, ya que se consideró que las garantías y derechos del reclamante habían sido restaurados.