| Resolución | PD-00120-2024 |
| Firmado | 2024-08-26T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un paciente solicitó acceso a su historia clínica, pero no recibió respuesta en el plazo legal. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que la entidad sanitaria no había respondido a la solicitud ni a los requerimientos posteriores. La normativa exige que se responda a las solicitudes de acceso a datos personales en un mes, y que se motive cualquier denegación. Dado que la entidad no cumplió con esta obligación, se estimó la reclamación y se instó a la entidad a que, en un plazo de diez días hábiles, atendiera la solicitud de acceso o denegara motivadamente la petición. El incumplimiento de esta resolución podría ser considerado una infracción muy grave.