| Resolución | PD-00116-2023 |
| Firmado | 2023-08-28T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La parte reclamante ejerció su derecho de supresión de datos personales ante el Ayuntamiento de Burgos, pero no recibió respuesta alguna. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que el Ayuntamiento no había respondido a la solicitud ni a los requerimientos posteriores. La normativa vigente obliga a los responsables del tratamiento de datos a responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un plazo de un mes, y a hacerlo de manera clara y concisa. Dado que el Ayuntamiento no cumplió con esta obligación, se estimó la reclamación. Se instó al Ayuntamiento a que, en un plazo de diez días hábiles, atendiera la solicitud de supresión o denegara motivadamente la petición, comunicando las actuaciones realizadas. El incumplimiento de esta resolución podría comportar una infracción muy grave.