| Resolución | PD-00111-2024 |
| Firmado | 2024-08-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a una reclamación presentada el 25 de febrero de 2024 por un individuo que ejerció su derecho de acceso a sus datos personales, pero no recibió respuesta. La entidad reclamada no respondió ni a la solicitud del individuo ni a los requerimientos posteriores. La normativa establece que los responsables del tratamiento deben responder a las solicitudes de derechos en un mes, y si no pueden identificar al interesado, deben expresar sus motivos. La entidad no cumplió con esta obligación, lo que se considera una infracción. Se estima la reclamación y se insta a la entidad a responder al individuo dentro de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.