| Resolución | PD-00110-2022 |
| Firmado | 2022-09-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra COFIDIS S.A. por no haber respondido adecuadamente a su solicitud de supresión de datos personales, un derecho establecido en el RGPD. La parte reclamante ejerció su derecho de supresión, pero no recibió la respuesta legalmente exigida. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que COFIDIS no había contestado debidamente la solicitud. La entidad reclamada remitió una respuesta durante el procedimiento, pero no acreditó haber atendido la solicitud del reclamante. La normativa exige que las solicitudes de ejercicio de derechos sean respondidas en un mes, y que se proporcione una respuesta clara y motivada. Dado que COFIDIS no cumplió con esta obligación, se estimó la reclamación y se instó a la entidad a responder adecuadamente en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por incumplimiento.