| Resolución | PD-00109-2024 |
| Firmado | 2024-12-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un ciudadano reclamó a Google la eliminación de cinco enlaces que aparecían en los resultados de búsqueda al introducir su nombre y apellidos. Argumentó que estos enlaces contenían información obsoleta y sin relevancia pública, solicitando su supresión bajo el derecho al olvido. Google rechazó la solicitud, alegando que la información era de interés público debido a la profesión del reclamante.
Tras un recurso de reposición, se verificó que parte de la información seguía siendo accesible. Sin embargo, la decisión final fue desestimar la reclamación. Se determinó que la información publicada en páginas web institucionales, como el Boletín Oficial del Estado, tenía relevancia pública y estaba amparada por la libertad de información. Además, se consideró que la publicidad de los actos administrativos era necesaria para garantizar la transparencia y el control de la actividad pública. Por lo tanto, no se impuso ninguna sanción a Google.