| Resolución | PD-00109-2022 |
| Firmado | 2022-12-09T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. reclamó a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) el acceso a la información académica de su hija mayor de edad, B.B.B., específicamente sobre matrícula y notas. La solicitud se basó en una sentencia judicial que condicionaba la pensión de alimentos a la información anual sobre el rendimiento académico de B.B.B.
La UNED denegó la solicitud argumentando que la responsabilidad de proporcionar dicha información recaía en B.B.B. según la sentencia judicial. La UNED también mencionó que la solicitud no cumplía con los requisitos de finalidad, necesidad y equilibrio entre el interés legítimo del padre y los derechos fundamentales de la hija.
La resolución estimó la reclamación de D. A.A.A., considerando que existía un interés legítimo para acceder a la información académica de su hija, necesario para la modificación de la pensión de alimentos. La UNED fue instada a proporcionar la información solicitada o a denegarla motivadamente, bajo la advertencia de posibles sanciones por incumplimiento.