AEPD Estima Reclamación por Retraso en Respuesta a Solicitud de Historia Clínica

Resolución PD-00105-2024
Firmado 2024-07-11T00:00:00Z
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La reclamación se refiere a la falta de respuesta a una solicitud de acceso a la historia clínica. El reclamante ejerció su derecho de acceso, pero no recibió la contestación legalmente establecida en el plazo correspondiente. Durante el procedimiento, la entidad reclamada acreditó haber atendido la solicitud, aunque la respuesta fue extemporánea. La decisión estima la reclamación por motivos formales, ya que la respuesta se emitió fuera del plazo legal. No se impone sanción ni se requiere una nueva certificación, dado que la entidad ya proporcionó la información solicitada, aunque con retraso.