AEPD sanciona a Ayuntamiento por incumplir el derecho de acceso a datos personales y le exige respuesta inmediata

Resolución PD-00104-2023
Firmado 2023-08-28T00:00:00Z
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La parte reclamante ejerció su derecho de acceso a sus datos personales ante el Ayuntamiento de Antigüedad, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que la entidad no había respondido a la solicitud ni a los requerimientos posteriores. La normativa vigente obliga a los responsables del tratamiento de datos a responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un mes, y a hacerlo de manera clara y concisa. Dado que el Ayuntamiento no cumplió con esta obligación, se estimó la reclamación. Se instó al Ayuntamiento a que, en un plazo de diez días hábiles, atendiera el derecho de acceso o denegara la solicitud de manera motivada. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción muy grave según el RGPD.