AEPD Obliga a la Consejería de Educación de Castilla y León a Facilitar Acceso Electrónico a Datos Personales de Alumnos

Resolución PD-00103-2025
Firmado 2025-09-10T00:00:00Z
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El 26 de julio de 2024, A.A.A. presentó una reclamación contra la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a los datos personales de su hija menor de edad. La reclamante solicitó copias digitales de exámenes y documentos de evaluación realizados durante el curso académico 2023/24. La Consejería respondió parcialmente, facilitando solo algunos exámenes y no la totalidad de la documentación solicitada.

La Consejería argumentó que la entrega de exámenes no depende de la normativa de protección de datos, sino de la normativa educativa y sectorial. Además, indicó que no disponía de sistemas electrónicos que garantizaran la seguridad y confidencialidad de los datos, recomendando la entrega en el centro educativo.

La reclamante interpuso un recurso de reposición, argumentando que la normativa de protección de datos establece que, si la solicitud es por medios electrónicos, la información debe facilitarse por medios electrónicos cuando sea posible. La reclamante también señaló que la Consejería disponía de medios electrónicos suficientes para cumplir con sus obligaciones legales.

Finalmente, la resolución estimó el recurso de reposición, considerando que la Consejería no había atendido debidamente el derecho de acceso solicitado. La decisión se basó en que, aunque la normativa permite la entrega de datos por medios no electrónicos en ciertos casos, la Consejería no había justificado adecuadamente la imposibilidad de facilitar la documentación electrónicamente. Además, se consideró que la respuesta de la Consejería había sido extemporánea, ya que se emitió después del plazo legal de un mes.