| Resolución | PD-00103-2024 |
| Firmado | 2024-07-19T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un paciente solicitó acceso a su historia clínica, pero no recibió respuesta en el plazo legal. La entidad reclamada no justificó la falta de respuesta a pesar de los requerimientos. Según la normativa, cualquier solicitud de acceso a datos personales debe ser atendida, ya sea concediéndola o denegándola con motivo. Por ello, se estima la reclamación y se ordena a la entidad que responda al paciente dentro de diez días hábiles, indicando si se concede o deniega el acceso y las razones correspondientes. El incumplimiento podría ser considerado una infracción grave.