| Resolución | PD-00102-2025 |
| Firmado | 2025-04-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a una reclamación presentada el 21 de noviembre de 2024 por un individuo que ejerció su derecho de acceso a sus datos personales ante una entidad, sin recibir respuesta. La entidad reclamada no contestó ni a la solicitud del individuo ni a los requerimientos posteriores. La normativa establece que los responsables del tratamiento deben responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un plazo de un mes, y en este caso, la entidad no cumplió con esta obligación. Por ello, se estima la reclamación y se insta a la entidad a responder al derecho de acceso ejercido en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.