Ayuntamiento de San Fulgencio sancionado por incumplir el derecho de supresión de datos personales

Resolución PD-00101-2024
Firmado 2024-07-19T00:00:00Z
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La reclamación se refiere a la falta de respuesta por parte del Ayuntamiento de San Fulgencio al ejercicio del derecho de supresión de datos personales por parte de un ciudadano. El reclamante solicitó la eliminación de sus datos, pero no recibió respuesta alguna dentro del plazo legal establecido.

Tras el trámite correspondiente, se constató que el ayuntamiento no había atendido la solicitud ni proporcionado una respuesta justificada. Según la normativa vigente, los responsables del tratamiento de datos deben responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un plazo máximo de un mes, y en caso de no poder identificar al interesado o no atender la solicitud, deben comunicar las razones de manera motivada.

Dado que el ayuntamiento no cumplió con estas obligaciones, se estimó la reclamación. Se le instó a responder a la solicitud de supresión en un plazo de diez días hábiles, indicando si se atiende el derecho o se deniega motivadamente. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción por infracción muy grave.