AEPD ordena al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones responder a la solicitud de acceso a datos de un ciudadano en un plazo de diez días hábiles.

Resolución PD-00100-2022
Firmado 2022-09-19T00:00:00Z
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El reclamante, A.A.A., denunció que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones no había atendido su solicitud de acceso a un expediente en el que es interesado. El reclamante ejerció su derecho de acceso, pero no recibió respuesta alguna. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que el ministerio no había respondido a la solicitud del reclamante. La resolución insta al ministerio a atender el derecho de acceso solicitado o a denegarlo motivadamente en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.