| Resolución | PD-00097-2024 |
| Firmado | 2024-07-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un ciudadano ejerció su derecho de rectificación ante el Servicio de Salud de las Islas Baleares (IBSALUT), pero no recibió respuesta. La entidad tampoco contestó a los requerimientos posteriores. La normativa exige que las solicitudes de derechos de protección de datos sean atendidas en un mes, con una respuesta clara y motivada. Al no cumplir con esta obligación, se estima la reclamación y se insta a IBSALUT a responder en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.