AEPD sanciona a DIBEA GRUPO CRISTINA ÁLVAREZ, S.L. por no responder a la solicitud de acceso a datos personales

Resolución PD-00095-2024
Firmado 2024-07-29T00:00:00Z
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La decisión se refiere a una reclamación presentada el 17 de abril de 2024 por un individuo que ejerció su derecho de acceso a sus datos personales, pero no recibió respuesta. La entidad reclamada, DIBEA GRUPO CRISTINA ÁLVAREZ, S.L., no contestó ni a la solicitud del reclamante ni a los requerimientos posteriores. La normativa establece que los responsables del tratamiento deben responder a las solicitudes de derechos en un mes, y en este caso, la falta de respuesta se considera una infracción. Se insta a la entidad a responder al reclamante dentro de diez días hábiles, atendiendo su derecho de acceso o denegándolo motivadamente. El incumplimiento podría resultar en una sanción por infracción muy grave.