| Resolución | PD-00093-2022 |
| Firmado | 2022-09-19T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra Dª B.B.B. por no haber atendido su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante solicitó, el 11 de enero de 2022, que se le facilitara el acceso a sus datos y la devolución de documentos que había proporcionado para un procedimiento judicial. Sin embargo, no recibió respuesta.
Dª B.B.B. alegó que no recibió el correo electrónico inicial y que la dirección proporcionada no era la correcta para tales solicitudes. Posteriormente, intentó contactar al reclamante, pero este se negó a usar la nueva dirección de correo, argumentando que no había dado consentimiento para que sus datos fueran tratados por una entidad diferente.
La resolución estima la reclamación y ordena a Dª B.B.B. que, en un plazo de diez días hábiles, atienda la solicitud de acceso del reclamante y comunique las actuaciones realizadas. El incumplimiento de esta resolución podría llevar a una sanción.