La AEPD ordena a la Consejería de Educación responder al derecho de oposición de un ciudadano tras incumplir el RGPD

Resolución PD-00088-2022
Firmado 2022-08-12T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía por no haber respondido adecuadamente a su solicitud de ejercicio del derecho de oposición, conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La parte reclamante ejerció este derecho, pero no recibió la respuesta legalmente establecida en el plazo correspondiente.

Tras las actuaciones procedimentales, se constató que la entidad reclamada no había contestado debidamente la solicitud del reclamante. La Consejería remitió una respuesta a la Agencia, pero no aportó documentación que acreditara haber atendido la solicitud del reclamante.

La resolución estima la reclamación y ordena a la Consejería que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que atienda el derecho de oposición ejercido o deniegue motivadamente la solicitud. El incumplimiento de esta resolución podría comportar una infracción sancionable.