| Resolución | PD-00086-2023 |
| Firmado | 2023-09-11T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. denunció que ASOCIACIÓN STOP no atendió su solicitud de supresión de datos, a pesar de haberla realizado en varias ocasiones. La parte reclamante recibía comunicaciones anuales a su correo electrónico y solicitó la baja sin éxito. La asociación, al ser notificada, alegó no haber recibido las solicitudes, sugiriendo que podrían haber llegado a la bandeja de spam. Finalmente, se estimó la reclamación, instando a la asociación a responder a la solicitud de supresión en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.