| Resolución | PD-00076-2022 |
| Firmado | 2022-07-18T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra Guillermo y Federico Rehberger C. B. por no haber atendido su solicitud de acceso a su historia clínica, un derecho establecido en el RGPD. La parte reclamante ejerció su derecho de acceso, pero no recibió respuesta en el plazo legal. Durante el procedimiento, la entidad reclamada respondió a la autoridad competente, pero no acreditó haber atendido la solicitud del reclamante. La normativa exige que las solicitudes de ejercicio de derechos sean respondidas en un mes, y en este caso, no se cumplió con esta obligación. Por ello, se estimó la reclamación y se instó a la entidad a responder al reclamante en un plazo de diez días hábiles, atendiendo su solicitud o denegándola motivadamente. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción.