AEPD ordena a B.B.B. atender la solicitud de acceso a grabaciones de videovigilancia o denegarla motivadamente en plazo de diez días

Resolución PD-00072-2023
Firmado 2023-07-07T00:00:00Z
Enlace 📋

A.A.A. presentó una reclamación contra B.B.B. por no haber atendido su solicitud de acceso a grabaciones de videovigilancia de su centro de trabajo. La reclamante solicitó las imágenes del 1 de octubre de 2022, pero la empresa alegó que las grabaciones ya no estaban disponibles y que contenían datos de terceros. La reclamante propuso pixelar las imágenes para proteger la privacidad de terceros. La resolución estima la reclamación y ordena a B.B.B. que atienda el derecho de acceso solicitado o deniegue motivadamente la petición en un plazo de diez días hábiles. La empresa debe comunicar las actuaciones realizadas a la autoridad competente. El incumplimiento podría ser considerado una infracción muy grave.