| Resolución | PD-00071-2022 |
| Firmado | 2022-08-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Dª A.A.A. denunció que el Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León no atendió su solicitud de supresión de datos de salud de su expediente laboral. La reclamante había solicitado la eliminación de documentos médicos que consideraba innecesarios y que no había autorizado para su inclusión en su expediente. La entidad argumentó que la documentación fue entregada voluntariamente y que su mantenimiento era necesario para evaluar la capacidad laboral de la trabajadora, apoyándose en decisiones judiciales previas.
La resolución estima la reclamación y ordena al instituto bloquear los datos de salud de la reclamante, impidiendo su tratamiento, aunque no su eliminación física. Esta medida se toma para garantizar el derecho a la protección de datos personales. La entidad debe certificar que ha atendido la solicitud de supresión en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por incumplimiento.