| Resolución | PD-00060-2025 |
| Firmado | 2025-08-06T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra BANTOR ATLANTIC, S.A. El reclamante solicitó la supresión de sus datos personales debido a la nulidad de un contrato de préstamo, declarada por una sentencia judicial. Sin embargo, la entidad no respondió adecuadamente a esta solicitud dentro del plazo legal.
Inicialmente, la reclamación fue archivada, pero el reclamante presentó un recurso de reposición. Este recurso fue estimado debido a inconsistencias en las respuestas de la entidad reclamada. La entidad había afirmado que había bloqueado los datos del reclamante, pero posteriormente se comprobó que estos datos habían sido transferidos a una agencia de recobro, lo que indicaba un incumplimiento de la normativa de protección de datos.
La resolución final estima la reclamación y ordena a BANTOR ATLANTIC, S.A. que atienda la solicitud de supresión de datos del reclamante o que deniegue motivadamente dicha solicitud dentro de un plazo de diez días hábiles. La entidad debe comunicar las actuaciones realizadas a la autoridad competente. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una sanción por infracción muy grave de la normativa de protección de datos.