| Resolución | PD-00060-2024 |
| Firmado | 2024-05-08T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a una reclamación presentada el 17 de noviembre de 2023 por un individuo que ejerció su derecho de acceso a sus datos personales ante una entidad, sin recibir respuesta. La entidad reclamada no ha demostrado haber respondido a la solicitud ni a los requerimientos posteriores.
La normativa establece que los responsables del tratamiento deben responder a las solicitudes de ejercicio de derechos en un mes. En este caso, la entidad no cumplió con esta obligación, lo que constituye una infracción.
Se estima la reclamación y se insta a la entidad a responder al derecho de acceso ejercido dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. El incumplimiento podría resultar en una sanción por infracción muy grave según el artículo 83.6 del RGPD.