| Resolución | PD-00058-2022 |
| Firmado | 2022-07-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra la Universidad Europea de Madrid por no haber respondido a su solicitud de supresión de datos personales, un derecho establecido en el RGPD. La universidad no contestó a la solicitud ni a los requerimientos posteriores. La resolución estima la reclamación y ordena a la universidad que responda a la solicitud de supresión en un plazo de diez días hábiles, indicando si se ha atendido o denegado, y motivando en este último caso. El incumplimiento podría llevar a una sanción.